
Contrato de leasing
Decidimos contar lo que sabemos de este contrato a nuestros clientes, lectores y amigos debido a la importante cantidad de consultas recibidas sobre sus posibilidades, riesgos y beneficios a la hora de tomar decisiones o decidir cuestiones económicas.
Regulado actualmente por nuestro Código Civil y Comercial, a partir del artículo 1227, nace en Estados Unidos como un instrumento alternativo de financiación que permite a una empresa o un particular utilizar bienes de producción sin grandes desembolsos de capital, abonando un canon periódico y con beneficios impositivos.
Características y especificaciones técnicas
Los sujetos
Dador y tomador. El primero, cualquier persona física o jurídica. El segundo, igualmente, cualquier persona física o jurídica.
El objeto
Transferir la tenencia de cualquier bien, con el requisito de que sea cierto y determinado, de propiedad del dador, o bien sobre el cual tenga la facultad de conceder en leasing, permitiéndose otorgar cosas muebles o inmuebles, como también derechos intelectuales o industriales.
El canon
Constituye un complejo de rubros que tiene en cuenta no sólo el valor del servicio financiero prestado sino también los seguros, los gastos administrativos y, particularmente, la fijación del valor residual para el supuesto de hacer uso de la opción de compra. Para algunos, sería la cuota de amortización periódica.
Opción de compra
Requisito esencial que marca la diferencia con otras figuras contractuales como el alquiler o la compraventa.
Causa-fin
La financiación concedida u otorgada por el dador, habilitándose el uso y goce del bien.
Caracteres
Nominado, típico, consensual, bilateral, oneroso, conmutativo, formal, de duración, puede ser celebrado por adhesión, puede ser de consumo o de empresa y finalmente puede ser para determinadas personas.
Formal
Se impone una forma determinada. En algunos casos sólo por escritura pública (inmuebles, buques y aeronaves).
Precio
Es obligatoria su determinación cuantitativa al momento de la firma contractual.
Inscripción registral
Su incorporación a los registros hace a la oponibilidad frente a los terceros y no a un requisito de validez del instrumento.
Responsabilidad objetiva
Se aplica la normativa civil y el dador puede exonerarse mediante la contratación de un seguro.
Nos pareció importante informar a nuestros lectores sobre este contrato, que puede dinamizar situaciones económicas concretas y ayudar a tomar decisiones en la práctica del trabajo y la producción.