
Franquicias
Proponemos en este artículo dar pautas y sugerencias que sirvan a los lectores de las cualidades, las obligaciones y derechos que tienen las partes de este contrato que cuenta con una normativa legal seria dentro del Código Civil y que permite comercializar bienes y servicios de la forma más segura.
Definición
Convenio en el cual el otorgante ofrece a muchos tomadores, que forman un sistema de distribución o comercialización de su producción, vender o distribuir bienes o prestar servicios en forma exclusiva y bajo supervisión, al amparo de una marca, nombre comercial o enseña, propiedad del otorgante y de conformidad con un método, sistema o plan preestablecido por éste, contra el pago de un canon y otras prestaciones adicionales.
Los sujetos
Franquiciante y franquiciado.
El primero debe ser titular exclusivo del conjunto de los derechos intelectuales, marcas, patentes, nombres comerciales, derechos de autor y demás comprendidos en el sistema bajo franquicia o, en su caso, tener derecho a su utilización y transmisión al franquiciado en los términos del contrato.
Tres tipos de contratos
Franquicia mayorista: se otorga un territorio o ámbito de actuación nacional o regional con derecho de nombrar subfranquiciados, el uso de sus marcas y sistema de franquicias bajo contraprestaciones específicas.
Franquicia de desarrollo: se otorga al desarrollador el derecho a abrir múltiples negocios bajo el sistema, método y marca del franquiciante con un plazo no menor a 5 años, en el que todos los locales o negocios dependen del desarrollador y éste no puede ceder su posición sin el consentimiento del franquiciante.
Sistema de negocios: es el conjunto de conocimientos prácticos y la experiencia acumulada por el franquiciante, no patentado, que ha sido debidamente probado, secreto o difícilmente accesible, y transmisible. La información que contiene es relevante para la venta o prestación de servicios y le permite al franquiciado prestar servicios o vender productos de acuerdo con el sistema de negocios.
Obligaciones del franquiciante
- Con anterioridad a la firma, deberá proporcionar información económica y financiera sobre la evolución de 2 años de unidades similares a la ofrecida, en el país o en el extranjero.
- El conjunto de conocimientos técnicos derivados de la experiencia del franquiciante y comprobados para producir los efectos propios del negocio.
- Entregar al franquiciado un manual de operaciones con las especificaciones útiles para desarrollar la actividad prevista.
- Proveer asistencia técnica para la mejor operatividad de la franquicia durante el contrato.
- Defender y proteger el uso de la franquicia en las condiciones indicadas por el contrato.
Obligaciones del franquiciado
- Desarrollar efectivamente la actividad comprendida en la franquicia, cumplir las especificaciones del manual de operaciones y las que se le comuniquen por el franquiciante.
- Proporcionar la información que razonablemente se requiera para saber la evolución del desarrollo de la actividad y facilitar las inspecciones que se hayan pactado o adecuadas al objeto del contrato.
- Guardar confidencialidad sobre el contrato y las personas o cosas que debe resguardar para el cumplimiento del objetivo contratado.
- Cumplir con las contraprestaciones comprometidas, incluyendo contribuciones para el desarrollo del mercado o de las tecnologías vinculadas a la franquicia.
Exclusividad
Las franquicias son exclusivas para ambas partes.
Cláusulas especiales
- El franquiciado no puede ceder su posición contractual.
- El franquiciante no puede comercializar directamente con terceros mercaderías o servicios comprendidos en la franquicia.
- El derecho de clientela corresponde al franquiciante.
Cláusulas nulas
No resultan válidas las cláusulas que prohíben al franquiciado:
- Cuestionar justificadamente la legitimidad de los derechos del franquiciante.
- Adquirir mercaderías de otros franquiciados dentro del país.
- Reunirse o establecer vínculos no económicos con otros franquiciados.
Responsabilidad
- Las partes son independientes entre sí y no hay responsabilidad laboral entre ellas.
- Los dependientes del franquiciado no tienen, en principio, relación laboral con el franquiciante.
- El franquiciante no responde ante el franquiciado por la rentabilidad del negocio.
- El franquiciado debe indicar claramente su calidad de persona independiente y distinta al franquiciante en las relaciones comerciales.
Extinción del contrato
- Caso de muerte o incapacidad de cualquiera de las partes.
- No se extingue sin justa causa dentro del plazo original.
- La parte que extingue debe preavisar con no menos de 1 mes por año de contrato su finalización.
- Concluido el contrato se puede pactar hasta un año posterior la no competencia del franquiciado.
Nos pareció importante escribir este resumen del contrato de franquicia, que apuntará a que nuestros lectores conozcan la normativa que rige el mismo y al menos lo que hay que saber en apretada síntesis sobre el tema.