Ricardo Butlow — Law Firm
Guía de soluciones legales en emergencia — Estudio Butlow
Civil & Commercial

Necesitamos comunicarnos

Hoy más que nunca, debemos tener muy en cuenta distintas regulaciones y normas del ordenamiento legal que nos harán tomar decisiones correctas en momentos difíciles y ante situaciones diversas.

Breve guía de soluciones

Fuerza mayor

Se considera esta figura como algo que no ha podido preverse o evitado (artículo 1730 CCyC).

Esta disposición tiene aplicación inmediata, vigente y resguarda con gran amplitud situaciones contractuales firmadas y vigentes, incumplimientos, vencimientos no pagados, que pueden ser claramente revisadas y acomodadas mediante la aplicación del régimen actual y aun los efectos futuros de índole económica y social de particulares, empresas y comercios en general (artículo 1730 CCyC).

Cláusulas abusivas en los contratos

Provocan un DESEQUILIBRIO SIGNIFICATIVO entre los derechos y las obligaciones contractuales de las partes, hoy expresamente regulados y que permiten discutir, cambiar, modificar o reconvenir situaciones desventajosas para las partes en los acuerdos (artículo 1119 CCyC).

Desistimiento contractual unilateral

Nuestro Código permite, a una de las partes del contrato, suspenderlo, dejarlo de cumplir, aun en el caso de haber comenzado su ejecución. Deberá tratarse con prudencia y conocimiento para detener y minimizar sus consecuencias económicas. Habrá que acordar negociadamente los gastos, trabajos y la utilidad que hubiera podido obtenerse y minimizar sus consecuencias (artículo 1267 CCyC).

En el ámbito laboral

Hoy rigen una serie de normas y decretos que habrá que tener muy en cuenta al momento de tomar decisiones, suspensiones o despidos de personal contratado.

Despidos: se encuentran suspendidos por decreto hasta diciembre/2020.

Duplicación: rige asimismo la duplicación del pago indemnizatorio.

Conflictos: procedimiento de crisis, suspensiones y común acuerdo ministerial. Estas son las variantes más utilizadas por las partes.

Suspensión de tareas: los trabajadores que no concurran a su trabajo por ser actividad no esencial cobran un subsidio estatal del 50% que paga el estado sobre su sueldo registrado, y 25% a cargo del empleador, hasta la normalización, que no tiene fecha de iniciación al momento de preparar este artículo (julio/2020). Los trabajadores que cumplen tareas esenciales perciben el total de la remuneración a cargo del empleador. No puede despedirse sin justa causa y, en caso de producirse un despido, puede el trabajador pedir la reincorporación correspondiente, no causando efecto el despido.

Teletrabajo: ya está en vigencia la ley que regula esta actividad.

Se encuentra a disposición de nuestros lectores un artículo en nuestro sitio web, que trata el tema, su aplicación y los beneficios para las partes, marcando las obligaciones y derechos de éstas y con los sistemas de contratación actual.

Obras en construcción

Contratos de obra y servicio

Sistemas en vigencia: rigen de acuerdo a la normativa aplicable: ajuste alzado, unidad de medida, coste y costas o similar convenido por las partes.

Imposibilidad de ejecución de la prestación contractual sin culpa

Si la ejecución de la obra o su continuación se hace imposible por causas no imputables a ninguna de las partes, el contrato puede extinguirse sin consecuencias económicas para las partes involucradas en el contrato (artículo 1267 CCyC).

Rescisión de los contratos de larga duración

Nos informa el Código Civil (artículo 1011) que la parte que decide rescindir un contrato de larga duración debe dar a la otra la oportunidad de renegociar de buena fe y sin recurrir en abuso de derecho, situación que se coloca hoy como de mucha y variada aplicación en el ámbito contractual y que resulta de gran utilidad para sortear los inconvenientes del momento actual económico.

Entendemos que este sintético resumen de normas de aplicación es una de las tantas herramientas que se encuentran a disposición de quienes comprenden la trascendencia de verse obligados a tomar decisiones rápidas y correctas en un contexto muy serio, y estamos realmente preparados para responder a la diversidad de temas que se plantean en el ámbito civil, comercial y laboral.